Las comisiones abusivas son aquellos cargos que las entidades hacen a sus clientes por determinadas situaciones o servicios. La peculiaridad de estos cargos es que no son legales y, por tanto, son considerados como prácticas abusivas por parte de las entidades.
Las quejas de los consumidores españoles acerca de las comisiones que cobran los bancos se han multiplicado. El pasado año, el Banco de España recibió 2.134 reclamaciones relacionadas con el cobro de comisiones en las cuentas, un 91% más que un año antes.
En algunos bancos, la comisión anual por mantener abierta una cuenta puede superar los 200 euros, una cuota que los bancos pueden fijar libremente. El regulador español aclara que “las tarifas o precios de las comisiones bancarias son libres”, salvo en contadas ocasiones en las que los costes están limitados por la normativa actual.
La pasividad del Banco ante la reclamación de la devolución de una comisión
Evidentemente, dichas vías de comunicación (teléfono, carta ordinaria o e-mail) no son proporcionales a los costes tan elevados que aplican en las comisiones, además de que la entidad tampoco puede demostrar que las ha realizado, ya que para que sean «legales» deben haberlas notificado de una forma fehaciente.
Los bancos lo saben de sobra, pero no les importa, puesto que la única «misión» de estas comisiones es simplemente la de recaudar y no la de sufragar coste alguno, ya que se realizan de forma automatizada y sistemática, todo ello a sabiendas de que si el cliente las reclama adecuadamente se las tendrán que devolver.
Si acudes a una sucursal, lo primero que te van a decir es que “viene en el contrato“, y es cierto, que la normativa y Leyes vigentes, además del Banco de España, les exige que cumplan unas normas que para nada son el cargo automático y sistemático de dichas comisiones.
¿Cuándo nos encontramos ante comisiones bancarias ilegales?
Cabe destacar que los bancos tienen libertad para determinar las comisiones bancarias que impondrán a sus clientes, a menos que la regulación establezca limitaciones, como ocurre al cancelar una hipoteca de manera anticipada.
La condición para que un banco pueda imponer una comisión es que se preste al cliente un servicio de manera efectiva y real. Esto quiere decir que los bancos no pueden cobrar a sus clientes por servicios que no les han prestado. Por tanto, podemos concluir que una comisión abusiva es aquella que los bancos cobran por un servicio que no se ha prestado, o que el cliente no ha solicitado, también.
¿Cuáles son los requisitos legales que debe de cumplir una comisión bancaria?
Desde un punto de vista legal conviene aclarar que las comisiones han de cumplir, inexcusablemente, con los siguientes requisitos:
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Deben responder a servicios solicitados en firme y aceptados por los clientes
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Los servicios han tenido que ser efectivamente prestados
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El servicio tiene que haber generado un gasto real y efectivo para la entidad o empresa que lo haya prestado
Las comisiones bancarias abusivas más frecuentes
Algunas de las comisiones bancaria abusivas más frecuentes son:
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Comisión por descubierto
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Comisión de mantenimiento por hipoteca o depósitos. Cuentas instrumentales
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Comisión por reclamación de impago
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Comisión por mantenimiento de tarjeta
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Comisión por ingresos en efectivo
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Comisión por retirada de efectivo
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Comisión sobre retrasos en las cuotas de préstamos
¿Qué plazo tengo para poder reclamar una comisión bancaria?
Si has pagado o tu banco te reclama pagar comisiones que consideras abusivas. Debes tener en cuenta que las acciones legales o proceder a poner una reclamación a tu entidad bancaria tiene un plazo aproximado de 5 años.
Ya por último, comentarte que puedes contactarnos y realizar tu consulta de forma totalmente gratuita. Ya que nuestro equipo profesional te prestará la mejor atención que necesitas.
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